Eutanasia, aborto y el derecho a la objeción
Muchos médicos consideran que la eutanasia no es un acto médico y prefieren enfocarse en cuidados paliativos
La desgraciada actualidad de Noelia Castillo, donde ha fracasado el Estado en su conjunto, pone de relieve los casos de aquellos médicos que, en su derecho a la objeción, se niegan a practicar eutanasias y abortos. Desde la Administración central se insta a comunicar los nombres de los objetores, lo que según algunos equivale a hacer una «lista negra» con consecuencias ideológico-políticas.

Igual que se pretende saber el nombre de los objetores, se podría obligar a pedir un listado de aquellos que practican abortos, pues la misma regla justificaría una cosa y la otra. Lo razonable es que no se comunique nombre alguno por este tipo de circunstancias, pues igual que está reconocido el derecho a abortar o a la eutanasia, también lo está el de objetar.
Con relación a la eutanasia, en nuestro país más de 9.300 sanitarios se han inscrito como objetores de conciencia, argumentando que contraviene su código deontológico. Muchos médicos consideran que la eutanasia no es un acto médico y prefieren enfocarse en cuidados paliativos. Tienen derecho a decirlo y a hacerlo. Decir que esos objetores se niegan a ayudar a morir a sus pacientes, como argumentan algunos, es no reconocer la tarea de los profesionales que atienden a pacientes con enfermedades incurables o terminales.
España se convirtió en 2021 en la quinta nación del mundo en regular la eutanasia por ley, pero hay países con legislaciones mucho más avanzadas. En Canadá, por ejemplo, el denominado Programa de Ayuda a Morir (MAiD) representa un 5,1% de todas las muertes en el país, llegándose a la situación ya prevista de que se podrá aplicar incluso en los casos de bebés con «problemas de salud subyacentes», que experimentan un «sufrimiento intenso» de manera que sean los padres quienes podrán tomar esta opción en nombre de sus hijos.